In-Fórmate 19 2022

Diciembre 22 de 2022

De acuerdo con las modificaciones realizadas al régimen SIMPLE de tributación – RST, mediante la nueva ley 2277 de 2022,  adjuntamos a este IN FÓRMATE nuestra plantilla en Excel actualizada, con la cual  se podrá evaluar la conveniencia  de acogerse o permanecer en el régimen SIMPLE por el año 2023. Descargue la plantilla aquí.

Tenga en cuenta que esta evaluación se debe realizar oportunamente, pues la decisión de inscribirse o retirarse del régimen SIMPLE debe tomarse al inicio del año:

• La inscripción en el RST deberá realizarse hasta el último día hábil de febrero de 2023.

• En el caso de que ya no sea conveniente este régimen y decida optar nuevamente por el régimen ordinario, deberá hacerlo antes del último día hábil de enero de 2023

INSTRUCCIONES

1. Diligencie el cuestionario dependiendo si se trata de una persona natural o una sociedad. Todas las respuestas deberán  quedar marcadas  con color azul para poder acogerse al SIMPLE. Si alguna celda queda con semáforo en rojo, significará que el contribuyente no podrá acogerse a este sistema.

Al final del texto, esta matriz también le indicará si es conveniente o no acogerse a este régimen, por lo menos por el año 2023.

2. Después de responder el cuestionario y haber concluido que puede acogerse al régimen SIMPLE, diríjase a la plantilla y diligencie las casillas en blanco. Las casillas sombreadas en gris se calculan automáticamente tomando los datos de entrada y se encuentran debidamente formuladas.

Tipo de contribuyente: Seleccione si va a hacer el cálculo para una persona natural o para una sociedad

Digite su código CIIU actividad principal y secundaria: Recuerde que cuando usted desarrolla dos o más actividades y desea acogerse al régimen SIMPLE, deberá liquidar el impuesto sobre la mayor tarifa que le genere una de ellas, independientemente de la mayor participación en los ingresos de una de ellas frente a los ingresos totales del período.

Ingresos brutos anuales fiscales: Digite el valor de los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios anuales luego de restarles las devoluciones, rebajas y descuentos. No incluya las ganancias ocasionales ya que éstas tributan de manera independiente. En este renglón se incluirán las ventas de activos fijos poseídos menos de 2 años, los cuales generan rentas ordinarias y tributarán a la tarifa que le corresponda, en forma independiente al costo de los mismos.

Ingresos No Constitutivos de Renta: Tenga en cuenta que el sistema SIMPLE permite depurar los ingresos no constitutivos de renta de la base gravable. Para el caso de rentas exentas, no es posible restarlas de la base.

Porcentaje de rentabilidad sobre ingresos brutos: Calcule este porcentaje dividiendo la renta líquida gravable sobre los ingresos brutos del contribuyente.

Tarifa ICA y avisos y tableros: Indique la tarifa ICA aplicable en números enteros. Si tributa en varios municipios establezca una tarifa promedio.

Porcentaje del IVA a pagar sobre los ingresos fiscales. Solo para el grupo 1: Esta casilla solo deberá ser diligenciada por las tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquerías de que trata el numeral 1° del art. 908 E.T., quienes tienen incorporado el IVA neto por pagar dentro de su tarifa. Para ello determine el porcentaje que representa el IVA neto que pagaría en promedio durante el año 2023, dividiendo este valor sobre los ingresos brutos estimados del año.

Fórmula con renglones de la declaración de IVA:

Ingresos recaudados por medios electrónicos: La venta de bienes o servicios realizados a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pago electrónico genera un descuento del 0.5% de los ingresos recibidos por este medio. Recuerde que la entidad financiera debe emitir una certificación anual para hacer uso de este descuento.

Aportes anuales a pensiones obligatorias a cargo del empleador: Incluya los aportes a pensiones a cargo de los trabajadores, siempre que correspondan a los causados y pagados en el año y se realicen por trabajadores vinculados con la actividad generadora de ingresos y sean empleados del  contribuyente. 

•Al finalizar la plantilla le indicará si le conviene o no acogerse a este sistema.

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