Marzo 06 de 2023
RESPUESTAS A LAS CONSULTAS MÁS FRECUENTES SOBRE EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN

1. Se presentaron disminuciones significativas en algunos rangos de tarifas fijados para los diferentes grupos. Los más beneficiados de todos fueron las tiendas pequeñas y minimercados ubicadas en los rangos 3 y 4 del GRUPO 1.
2. Los más perjudicados por el incremento de las tarifas fueron los rangos especiales 1 y 2 del GRUPO 5, que comprende las profesiones liberales diferentes de la educación, atención de la salud humana y asistencia social y los rangos 3 y 4 de este mismo grupo, los cuales fueron eliminados de la tabla. Los máximos ingresos anuales de este grupo ascienden escasamente a 12.000 UVT.
3. Las personas más beneficiadas para entrar al régimen SIMPLE serán las personas naturales y jurídicas que realicen negocios de reciclaje, ubicadas hoy en el GRUPO 6, donde quedaron todos los rangos con la tarifa del 1.62%. No obstante, pertenecer a este régimen resulta complejo ya que es requisito indispensable que los contribuyentes obtengan utilidades netas iguales o inferiores al 3% del ingreso bruto.
4. Para poder ingresar al RST se eliminó la exigencia de estar al día con las obligaciones fiscales y de aportes a la seguridad social. Artículo 906 E.T.
5. Los profesionales independientes ubicados en el nuevo GRUPO 5que obtuvieron ingresos brutos durante el año 2022 inferiores a 100.000 UVT declararán por esta anualidad bajo la sombrilla del RST, aunque a partir del año 2023 debieron retirarse de este sistema por superar el nuevo insignificante tope de ingresos que se estableció en 12.000 UVT. Para seguir perteneciendo al RST en el año 2023 deberán revisar si los ingresos brutos del año anterior fueron inferiores a 12.000 UVT con el valor de $38.004.
6. Aunque el ejercicio de la medicina, de la educación y de la asistencia social por parte de personas naturales involucra la prestación de los servicios relacionados en el GRUPO 5 de profesiones liberales, por criterio de especialidad, se clasifican en el GRUPO 4 y por consiguiente, les aplicará el límite de 100.000 UVT.

7. Se recomienda a los contribuyentes inscritos en el RST que verifiquen los acuerdos municipales de las jurisdicciones en las cuales desarrollan las actividades, con el fin de evaluar si su inscripción en este régimen los convierte en responsables del impuesto de Industria y Comercio.
Tal es el caso de las personas naturales que ejercen profesiones liberales en el municipio de Medellín, quienes están exceptuadas de cobrar y pagar este impuesto siempre y cuando pertenezcan al régimen ordinario (Parágrafo 2° art. 66 Acuerdo 066/17).
Si la persona natural se inscribe como contribuyente del RST, se vuelve responsable del ICA y debe notificar esta situación ante el municipio de Medellín. Art. 55-1 Acuerdo 066/17.
Esto no implica un mayor pago de impuestos, teniendo en cuenta que dentro de la tarifa de tributación consolidada se encuentra incorporada la porción del componente territorial y nacional.
8. Cuando un contribuyente se cambia de régimen ordinario para el RST o viceversa, y genera saldos a favor en uno u otro sistema, éstos saldos a favor no se podrán arrastrar en la nueva declaración que le corresponda presentar por tratarse de impuestos y sistemas diferentes. Por consiguiente, deberán solicitar ante la DIAN la devolución y o compensación de estos recursos.
9. Cuando un contribuyente se traslade del régimen ordinario al RST y haya determinado en su declaración de renta un anticipo sobre el impuesto de renta para descontar en el año siguiente, deberá solicitarlo en devolución ante la DIAN, ya que no lo puede descontar en el nuevo sistema.
10. Cuando una persona ubicada en el RST actúa como mandataria y realiza operaciones de compras de bienes o de servicios por cuenta de un mandante que pertenece al régimen ordinario y que posee la calidad de agente de retención en la fuente, estará en la obligación de realizar las respectivas retenciones a nombre propio y por cuenta de este tercero.
11. Cuando una persona se matricule en el RST deberá enviar el RUT a sus clientes para que ellos se abstengan de descontar la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. Cuando se retire de este régimen, deberá enviar el nuevo RUT a los compradores para que inicien con el descuento de las retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta. Art. 1.5.8.3.1.
12. Cuando una sociedad se encuentre ubicada en el RST y vaya a superar el tope de ingresos de los 100.000 ó 12.000 UVT, se recomienda no realizar más operaciones en cabeza de la misma y crear con los mismos socios una nueva sociedad que nazca perteneciendo al RST.
13. Para el caso de las personas naturales:
– No pueden pertenecer al RST cuando en el ejercicio de sus actividades configuren los elementos propios de un contrato realidad laboral o relación legal y reglamentaria de acuerdo con las normas vigentes.
– Los trabajadores independientes que se encuentran obligados a realizar aportes obligatorios para salud y para pensiones, podrán restar estos ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional de los ingresos brutos obtenidos en el año, teniendo como efecto el pago de unos menores impuestos.
14. Para verificar el cumplimiento del límite de ingresos de que trata el numeral 2 del artículo 905 del Estatuto Tributario para inscribirse y/o pertenecer al RST durante el año gravable, no se tendrán en cuenta los ingresos que se obtengan por concepto de ganancias ocasionales ni los ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. Art. 1.5.8.1.4
15. Existen en el RST dos grupos de requisitos que se deben cumplir:
– Los requisitos subsanables, que sólo basta corregirlos y continuar en el RST.
– Los requisitos NO subsanables, donde la única alternativa que les queda será retirarse del RST y pasarse al régimen ordinario. Valga mencionar los más importantes:
o Convertirse en no residente fiscal en el país
o Superar el tope máximo de ingresos brutos durante el año gravable de 100.000 o 12.000 UVT.
o Administrar empresas donde tengan que consolidar los ingresos del año de las sociedades con los ingresos personales y sobrepasar los topes anteriores.
o Para la persona natural, configurarse los elementos propios de un contrato realidad laboral.
Para consultar estos requisitos los invitamos a revisar los artículos 1.5.8.4.1 y 1.5.8.4.2 del DUT. Cabe aclarar que estamos a la espera de la expedición de un nuevo decreto reglamentario que incorpore los cambios de la Ley 2277 de 2022.
16. Las retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta que le descontaron antes de pertenecer al RST se podrán imputar en el primer recibo de pago bimestral del RST.
17. Los valores retenidos por ICA deberán solicitar al agente retenedor que se los devuelva y ante la negativa deberá solicitarlo en devolución al municipio donde obtuvo estos ingresos.
18. No le conviene a un pensionado pertenecer al RST, dado que estos ingresos exentos quedarán gravados con la tarifa correspondiente del RST y no se justifica bajo ningún motivo que un contribuyente esté cancelando impuestos sobre rentas de pensiones que se encuentran exentas los primeros 1.000 UVT mensuales percibidos por este concepto.
19. Tenga en cuenta que las rentas calificadas como exentas en el impuesto sobre la renta y complementarios, no operan en el SIMPLE. En consecuencia no se podrán restar de los ingresos brutos las pensiones, las rentas de nuevos hoteles y muchas otras más.