¡YA SE ENCUENTRA DISPONIBLE EL REPORTE DE CONCILIACIÓN FISCAL PARA PERSONAS NATURALES POR EL AÑO GRAVABLE 2020 (F 2517)!
- Recuerda que este formato es de obligatorio diligenciamiento para las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, independientemente del tope de sus ingresos.
- Únicamente deberán transmitirlo electrónicamente quienes hayan obtenido ingresos brutos fiscales (ordinarios y extraordinarios) iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.602.315.000 año 2020). En los demás casos solo se debe diligenciar y conservar como anexo de la declaración de renta.
- Las Personas Naturales Grandes Contribuyentes tienen plazo para presentarlo hasta 9 de agosto de 2021 (Resolución00027 de 2021 artículo 2°)
- El envío del formato 2517 debe ser previo a la presentación de la declaración de renta
Consulta el comunicado de la DIAN aquí: